Neuquén Política

Figueroa ratificó que no intervendrá en desalojos resueltos por la Justicia

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El gobernador respondió durante el Neuquén Day a un reclamo por el Lof Kinxikew y definió el conflicto como una cuestión entre privados. La comunidad exige intervención provincial e invoca normas indígenas; una versión oficial anticipó una futura reunión con funcionarios.

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El gobernador Rolando Figueroa ratificó que el Poder Ejecutivo de Neuquén no intervendrá en decisiones judiciales sobre desalojos vinculados con conflictos de propiedad entre particulares. Formuló la respuesta durante el Neuquén Day, celebrado en la Ciudad de Buenos Aires, cuando fue consultado por el reciente desalojo del Lof Kinxikew en Villa La Angostura. La frase utilizada por el mandatario fue que se trata de cuestiones entre privados.

La posición no es nueva. El 23 de julio, Figueroa había sostenido que, salvo el caso del Camping Correntoso, los desalojos ordenados en Villa La Angostura correspondían a litigios privados y que el Ejecutivo no podía interponerse en fallos judiciales. La reiteración fija un criterio institucional de separación de poderes, pero no resuelve el debate sobre las obligaciones administrativas que pueden existir alrededor de comunidades indígenas, asistencia social o mediación política.

La lonco Manky Kinxikew viajó al encuentro para solicitar una conversación directa con el gobernador. Según su relato, no consiguió mantener esa reunión y tuvo un intercambio breve con la senadora nacional Julieta Corroza, quien la remitió al ministro de Gobierno, Jorge Tobares. La referente comunitaria afirmó que continuará haciendo visible el reclamo y cuestionó que la administración provincial se limite a describir el caso como una controversia privada. Su demanda combina la situación territorial inmediata con un pedido de canal político estable para tratar conflictos semejantes.

La comunidad y organizaciones mapuches invocan la Constitución provincial, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Ley provincial 3.401 para reclamar intervención estatal. Esa posición sostiene que el conflicto no puede analizarse únicamente como una disputa dominial. La nota difundida no incluye el texto completo de la orden judicial, los títulos discutidos ni las actuaciones del expediente, por lo que no permite establecer el alcance jurídico de cada argumento.

Una fuente oficial ofreció una reconstrucción adicional del episodio. Señaló que la conferencia de prensa tenía un orden de preguntas, que el hombre que abordó insistentemente a Figueroa no habría llegado con la comunidad y que sus integrantes dijeron no conocerlo. Esa versión no modifica el contenido de la respuesta del gobernador, pero aporta contexto sobre el intercambio. También afirmó que representantes comunitarios hablaron después con el jefe de Gabinete. La identidad o conducta de quien formuló la pregunta no resuelve, en ningún caso, la cuestión sustantiva planteada por el Lof.

De acuerdo con esa misma explicación oficial, el diálogo posterior habría permitido coordinar una reunión formal para los próximos días. Hasta que el encuentro tenga fecha, participantes y agenda confirmados, corresponde presentarlo como una gestión en preparación y no como una mesa ya constituida. Una instancia institucional podría abordar asistencia, mediación y cumplimiento de normas sin que el Ejecutivo sustituya al tribunal encargado del expediente de propiedad.

El conflicto enfrenta dos lecturas: la del Gobierno, que enfatiza el carácter privado y la independencia judicial, y la de la comunidad, que reclama obligaciones públicas específicas hacia los pueblos indígenas. No hay en las declaraciones una solución acordada ni una revisión del desalojo. El paso verificable siguiente será conocer si se concreta la reunión anunciada y qué actuaciones administrativas puede adoptar la Provincia dentro de sus competencias, manteniendo diferenciadas la decisión judicial y la responsabilidad política. También será necesario que las partes publiquen información básica del expediente para evitar que el debate quede reducido a consignas incompatibles y versiones parciales. La presencia de observadores y un acta de la reunión podrían dar continuidad al diálogo. Cualquier acuerdo administrativo deberá respetar la resolución judicial vigente, salvo que sea modificada por las vías procesales correspondientes. La transparencia ayudará a reducir nuevas confrontaciones en el territorio.

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