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UTEP llevó al Superior Tribunal de San Luis el régimen de designaciones docentes por escasez

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El gremio promovió una acción de inconstitucionalidad contra el Decreto 1592-ME-2026 y pidió una cautelar para suspender el mecanismo. Cuestiona que quienes sean designados por escasez cesen automáticamente al finalizar el ciclo lectivo, aun cuando continúe la vacante, y afirma que esa categoría no figura en el Estatuto Docente.

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La Unión de Trabajadores de la Educación Provincial llevó ante el Superior Tribunal de Justicia de San Luis una disputa sobre la duración y la naturaleza de las designaciones docentes realizadas por escasez de aspirantes. La UTEP promovió una acción originaria de inconstitucionalidad contra el artículo 5.4 del anexo del Decreto 1592-ME-2026 y solicitó una medida cautelar de no innovar. El sindicato no cuestiona que la provincia cubra cargos cuando faltan postulantes compatibles; objeta que el reglamento cree una modalidad excepcional que termina automáticamente con el ciclo lectivo.

El decreto regula la cobertura de cargos y horas cátedra y contempla situaciones en las que una persona ya posee otro empleo público remunerado. La Constitución provincial prohíbe, como regla, acumular dos funciones pagadas por el Estado, pero admite una excepción cuando existe escasez real de docentes. Bajo el mecanismo cuestionado, el aspirante puede ser designado pese a la incompatibilidad hasta la finalización del año escolar. La administración busca así evitar que cursos o materias queden sin profesor cuando las convocatorias ordinarias no ofrecen candidatos suficientes.

Para la UTEP, la excepción constitucional debe aplicarse solo después de que el órgano competente compruebe efectivamente la falta de docentes. El gremio sostiene que esa habilitación elimina la incompatibilidad, pero no autoriza a modificar la relación laboral ni a reducir la estabilidad prevista para el tipo de vacante. La diferencia es jurídica y práctica: una cosa es permitir que una persona ocupe el cargo pese a tener otro empleo público; otra es convertir esa designación en una categoría temporal independiente, con un vencimiento obligatorio no establecido por la Constitución.

El sindicato afirma que el Estatuto Docente de San Luis reconoce designaciones titulares, interinas y suplentes, pero no una figura autónoma de “designación por escasez”. A su entender, el decreto incorpora por vía reglamentaria una categoría que requeriría una ley y altera derechos definidos por una norma de mayor jerarquía. El Gobierno provincial deberá responder si la expresión describe simplemente el motivo excepcional que habilita el nombramiento o si, como plantea la demanda, cambia su naturaleza. Esa calificación determinará qué duración y garantías corresponden.

El punto más controvertido es el cese automático en diciembre. La regulación dispone que la designación concluya al terminar el ciclo lectivo, aun si la causa de la vacante continúa y el docente sigue siendo necesario. La UTEP sostiene que esa fecha fija desconoce si el cargo es interino o suplente y obliga a reiniciar el procedimiento sin una razón vinculada con la continuidad pedagógica. También puede dejar al trabajador sin ingresos durante el receso y generar incertidumbre para las escuelas que deben organizar el comienzo del año siguiente.

En su petición principal, el gremio solicita que se declare inaplicable esa limitación temporal y que la duración dependa de la naturaleza real de la vacante. De manera subsidiaria, pide que la excepción por escasez sea interpretada únicamente como una dispensa de la incompatibilidad constitucional, sin alterar las categorías estatutarias ni imponer un cierre automático. La presentación incluye reserva del caso federal y reclama que las costas sean asumidas por la demandada. La cautelar pretende mantener la situación de los docentes mientras se discute el fondo.

La urgencia no es abstracta. Durante la misma semana, el Ministerio de Educación abrió una nueva convocatoria para cubrir cargos e incluyó una declaración jurada sobre incompatibilidades. El sindicato convocó a docentes alcanzados por el mecanismo a acercar antecedentes y sumarse al reclamo. Si el tribunal concede la no innovación, podrían suspenderse los ceses o nuevas designaciones bajo la modalidad hasta que exista una decisión. Si la rechaza, el sistema continuará vigente mientras avanza una causa que puede extenderse más allá del calendario escolar.

El Superior Tribunal deberá examinar primero la admisibilidad y la cautelar, antes de resolver la constitucionalidad del decreto. La provincia tendrá que acreditar la necesidad operativa del mecanismo y demostrar que no altera derechos estatutarios; la UTEP deberá probar el perjuicio concreto y la contradicción normativa que denuncia. El fallo no solo afectará a quienes fueron designados este año. Definirá hasta dónde puede llegar la reglamentación administrativa cuando intenta cubrir una escasez real y qué garantías deben conservar los docentes que sostienen la continuidad del servicio educativo.

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