Libres del Sur comenzó a elaborar en La Rioja una propuesta para limitar las prácticas de cobranza que considera abusivas contra personas y familias endeudadas. Lucas de la Fuente explicó que el trabajo se realiza con asesoramiento jurídico y que todavía no existe una norma sancionada ni un proyecto definitivo presentado. El objetivo declarado no es cancelar obligaciones ni impedir que los acreedores reclamen, sino establecer condiciones para que esa gestión respete la privacidad, los horarios razonables y la dignidad del deudor. La distinción será central para cualquier futura regulación.
La iniciativa parte de un diagnóstico económico cotidiano. De la Fuente describió hogares cuyos ingresos no alcanzan para cubrir alimentos, servicios y combustible, y que compensan esa brecha con tarjetas, préstamos, compras fiadas o varios empleos. Cuando una obligación se paga mediante otra, el endeudamiento deja de ser una herramienta transitoria y se convierte en una cadena difícil de romper. Las tasas, los recargos por mora y la caída del poder adquisitivo amplifican el problema, mientras el incumplimiento expone a las personas a sistemas de cobranza cada vez más insistentes.
El dirigente estimó que más de cinco millones de personas se encuentran en mora y vinculó esa cifra con una situación que alcanzaría aproximadamente a uno de cada cuatro argentinos. Esos datos fueron presentados como parte de su diagnóstico y deberán ser precisados según el universo medido, el tipo de crédito y el período considerado. La mora puede referirse a atrasos superiores a tres meses, pero no todos los registros utilizan la misma definición. Una regulación seria necesitará estadísticas comparables para diferenciar atrasos ocasionales, sobreendeudamiento persistente y situaciones de insolvencia.
Las conductas que motivan el planteo son concretas: llamadas durante la madrugada, mensajes reiterados, amenazas de consecuencias no previstas legalmente y contactos con familiares, vecinos o empleadores. Según De la Fuente, esas acciones buscan aumentar la presión emocional y pueden afectar vínculos laborales y personales. Informar a terceros sobre una deuda también compromete la confidencialidad. La cobranza legítima admite comunicaciones y propuestas de pago, pero pierde esa condición cuando utiliza intimidación, humillación pública, información engañosa o una frecuencia capaz de alterar de manera sostenida la vida cotidiana.
La organización analiza cómo adaptar sus propuestas al marco legal vigente y qué autoridad tendría competencia para aplicarlas. Entre los instrumentos posibles aparecen límites horarios, identificación obligatoria de la agencia, prohibición de contactar a terceros, registro de comunicaciones y canales simples para denunciar abusos. También sería necesario exigir información clara sobre capital, intereses, gastos y titularidad del crédito. El desafío consiste en construir reglas verificables: una declaración general contra el hostigamiento puede resultar insuficiente si no define conductas, sanciones, prueba disponible y organismo de control.
De la Fuente reconoció que las medidas nacionales orientadas a reducir tasas de interés podrían disminuir el costo de refinanciar algunas deudas, pero sostuvo que no atacan el origen del problema. Un crédito más barato puede aliviar cuotas futuras; no recompone por sí solo ingresos deteriorados ni elimina saldos ya acumulados. Además, el beneficio depende de que los deudores accedan a condiciones formales y no sean desplazados hacia prestamistas de mayor riesgo. La respuesta económica debe combinar prevención, información, mecanismos de reestructuración y protección frente a prácticas ilegales.
En La Rioja, el espacio político ofrece orientación a personas que reciben reclamos y busca transformar esos casos en insumos para una propuesta general. Ese trabajo puede revelar patrones, pero debe preservar documentación y evitar prometer soluciones que ninguna organización puede garantizar. No toda llamada constituye acoso y no toda deuda puede renegociarse bajo las mismas condiciones. Para que la herramienta sea útil, deberá indicar cuándo acudir a defensa del consumidor, cuándo requerir asesoramiento profesional y cómo conservar mensajes, números, horarios y comprobantes sin exponer datos personales.
El próximo paso será terminar la redacción, definir si la iniciativa corresponde al ámbito provincial, municipal o nacional y formalizarla ante la autoridad competente. Hasta entonces, se trata de una propuesta en desarrollo, no de una protección ya vigente. Su calidad se medirá por la capacidad de equilibrar derechos: permitir el cobro documentado, ofrecer salidas al deudor y excluir métodos que convierten una obligación económica en persecución personal. En un escenario de mora extendida, esa precisión jurídica será tan importante como el diagnóstico social que impulsó el debate.