Misiones Judiciales

La mesa de diálogo no resolvió el conflicto territorial de Puente Quemado II

Compartir
Facebook X LinkedIn WhatsApp

La comunidad mbya guaraní y el titular registral del Lote 78 expusieron sus posiciones sin alcanzar un acuerdo. El acta preservó las acciones judiciales y los derechos invocados por ambas partes; podrá convocarse otra reunión o continuar el trámite ante la Justicia.

Escuchar este artículo

Listo para escuchar

La mesa de diálogo convocada por el Ministerio de Derechos Humanos de Misiones no resolvió el conflicto territorial entre la comunidad mbya guaraní Puente Quemado II y Alfredo Roberto Ruff, titular registral del Lote 78 del paraje Cañafístula, en Garuhapé. La reunión permitió exponer posiciones, necesidades y antecedentes, pero no produjo un acercamiento entre las partes.

Participaron tres intérpretes, los abogados de ambos sectores, organizaciones sociales, funcionarios provinciales y municipales y vecinos. El cacique Santiago Ramos habló en representación de la comunidad, mientras Ruff presentó su perspectiva sobre el origen y la situación actual de la disputa. La presencia de intérpretes buscó garantizar que cada parte pudiera intervenir en la instancia.

El acta dejó establecido que la participación no implica renuncia, desistimiento ni modificación de las acciones judiciales existentes. Tampoco altera los derechos territoriales invocados por la comunidad o por el titular registral. Esa precisión limita el alcance de la mesa: fue un canal de conversación, no una decisión judicial ni un acuerdo con efectos definitivos sobre el lote.

Quedó abierta la posibilidad de celebrar una nueva reunión si alguna de las partes considera útil continuar el intercambio. Si no se solicita otra instancia, el conflicto seguirá por las vías judiciales correspondientes dentro de las actuaciones en curso. Por lo tanto, la ausencia de acuerdo no cierra el expediente ni define la posesión o la titularidad discutida.

Puente Quemado II integra el grupo de 50 comunidades guaraníes con carpeta técnica del relevamiento territorial previsto por la Ley 26.160 y con aval del INAI. En julio, el juez de Instrucción de Jardín América, Roberto Senna, ordenó desalojar a varias familias de un sector relevado dentro del Lote 78. El procedimiento se ejecutó el 28 de julio.

Después del desalojo, la representación legal de la comunidad presentó un recurso de reposición para que el mismo juez revisara, modificara o dejara sin efecto la resolución. Varias familias volvieron de manera pacífica al sector, mientras Ruff pidió restablecer la situación posterior al primer procedimiento y mantuvo la explotación productiva. Esos planteos continúan enfrentados y deberán resolverse mediante otro diálogo o por decisión judicial.

Etiquetas del artículo