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La Cámara Electoral revisará el conflicto por la renovación de autoridades de LLA en Salta

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Afiliados cuestionaron ante la Justicia la difusión del cronograma, el cierre del padrón y la instalación de una única mesa para toda la provincia. El abogado Oscar Rocha Alfaro sostiene que la convocatoria comenzó el 8 de julio y fue publicada en el Boletín Oficial ocho días después; todavía no existe una decisión judicial.

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La Cámara Nacional Electoral deberá analizar un planteo presentado por afiliados de La Libertad Avanza en Salta contra el procedimiento utilizado para renovar las autoridades partidarias. El abogado Oscar Rocha Alfaro representa a quienes cuestionan la convocatoria y pidió que la Justicia revise las condiciones del proceso. La presentación abre una instancia judicial, pero todavía no implica que las irregularidades denunciadas hayan sido comprobadas ni que el cronograma haya quedado sin efecto.

El caso comenzó cuando uno de los afiliados, según el relato del letrado, tomó conocimiento de una elección interna que no había advertido previamente. El interesado envió una carta documento a las autoridades partidarias para solicitar información y, luego de recibir respuesta, formuló otra presentación ante el Consejo Federal de la fuerza. Al no considerar resuelta la objeción, acudió a la vía prevista por la legislación de partidos políticos.

Uno de los argumentos centrales se refiere a las fechas de difusión. El cronograma partidario habría fijado el inicio del proceso para el 8 de julio, mientras que la publicación en el Boletín Oficial se realizó el 16 de ese mes. Rocha Alfaro entiende que la convocatoria debía hacerse pública antes de que comenzaran a correr los plazos internos. La conducción partidaria podrá exponer ante el tribunal su interpretación de esas fechas y de las formalidades cumplidas.

El abogado sostiene que los procesos electorales funcionan mediante etapas sucesivas que, una vez vencidas, no pueden retrotraerse sin afectar derechos. Puso como ejemplo la revisión del padrón: los afiliados disponen de un período para verificar su inclusión y formular observaciones antes de que se confeccione la lista definitiva. Según su planteo, cuando algunos interesados supieron de la convocatoria, esa instancia ya había concluido.

La controversia exige distinguir entre la acusación y una resolución judicial. Por ahora, lo disponible es el argumento de los afiliados y de su representante, que invocan deberes de publicidad, transparencia y participación. Corresponderá a la Cámara determinar si la publicación fue suficiente, si existió una afectación concreta y qué consecuencia jurídica tendría una eventual irregularidad sobre las etapas ya realizadas.

El planteo también cuestiona que se haya previsto una única mesa de votación para toda Salta. Para los demandantes, esa decisión podría dificultar la participación de afiliados residentes en departamentos alejados de la capital. El tribunal deberá considerar si la organización propuesta resulta compatible con las normas internas del partido, la cantidad y distribución de afiliados y las garantías de acceso al voto partidario.

La Libertad Avanza podrá responder el recurso, aportar el cronograma completo, las comunicaciones enviadas y las reglas utilizadas para elaborar el padrón y organizar la votación. Ese intercambio permitirá conocer si hubo mecanismos alternativos de notificación, qué recursos internos estaban disponibles y si los afiliados tuvieron oportunidades efectivas de impugnar. Sin esa documentación, no corresponde anticipar el resultado del expediente.

Los próximos pasos dependerán del trámite que disponga la Cámara Nacional Electoral. El tribunal podrá requerir informes, escuchar a las partes y definir si mantiene, corrige o invalida alguna etapa. Mientras no exista una resolución, la renovación de autoridades continúa bajo revisión judicial y el conflicto debe presentarse como una disputa procesal abierta, no como una infracción ya establecida.

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