Santa Fe Judiciales

Diputados modera la reforma de seguridad de Pullaro y traslada la definición al Senado

Compartir
Facebook X LinkedIn WhatsApp

La iniciativa obtuvo 37 votos a favor y 11 en contra después de un acuerdo entre radicales y socialistas. Se eliminaron zonas policiales especiales e interrogatorios sin abogado, y se agregaron controles judiciales, participación de víctimas y límites a inteligencia, aunque continúan allanamientos excepcionales y un régimen penitenciario agravado.

Escuchar este artículo

Listo para escuchar

La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción a la reforma de seguridad impulsada por Maximiliano Pullaro con 37 votos afirmativos y 11 negativos. El resultado fue posible después de una negociación intensa entre la UCR y el socialismo dentro de Unidos, con participación del Ejecutivo y observaciones de la Corte provincial. El texto que pasó al Senado conserva herramientas de endurecimiento, pero retiró varios artículos que amenazaban garantías constitucionales.

La modificación más visible fue la eliminación de las zonas de intervención policial especial. El proyecto original permitía delimitar áreas con controles de acceso, requisas vehiculares, restricciones a la circulación y demoras de hasta 48 horas para identificar personas. La supresión evita crear espacios con facultades policiales extraordinarias y reduce el riesgo de controles masivos basados en criterios territoriales amplios.

También se descartó que la Policía pudiera interrogar sin asistencia letrada a personas vinculadas con un delito. El fiscal podrá recibir declaraciones informativas bajo mayores garantías, pero no podrán utilizarse como prueba de cargo. La diferencia es central: la búsqueda de información rápida no puede transformar a una persona en fuente de autoincriminación sin defensa ni control.

Los juicios en rebeldía quedaron sujetos a autorización judicial, intervención de un defensor, audiencia previa con la víctima y registro audiovisual. Los querellantes podrán participar en la audiencia imputativa, formular preguntas y aportar elementos. La reforma amplía así el lugar de las víctimas, pero deberá evitar que su intervención desplace la objetividad del Ministerio Público o debilite la presunción de inocencia.

El texto mantiene nueve supuestos de allanamiento sin orden judicial, aunque incorpora revisión de oficio dentro de las 24 horas para los casos más amplios. También conserva la posibilidad de inactivar inmuebles utilizados para actividades ilícitas mediante desalojo, bloqueo, desmontaje o demolición, con instancias de revisión. Estas facultades requieren estándares estrictos de urgencia, proporcionalidad y protección de terceros.

En materia penitenciaria, continúa un régimen agravado para internos considerados amenazas graves, con aislamiento individual y suspensión de visitas o comunicaciones, sujeto a revisión judicial. La seguridad carcelaria puede justificar restricciones, pero no elimina la prohibición de tratos crueles ni la necesidad de controlar duración, fundamento y efectos sobre salud física y mental.

Las tareas de inteligencia que afecten sustancialmente privacidad o intimidad necesitarán autorización judicial. El texto también diferencia prevención de investigación penal. Esa precisión es importante porque una política de seguridad moderna utiliza datos y análisis, pero debe impedir bases paralelas, vigilancia política o recolección indiscriminada sin finalidad legal.

El Senado deberá revisar ahora el equilibrio alcanzado. El Gobierno obtuvo herramientas para perseguir delitos complejos, pero la Cámara baja demostró que eficacia y garantías no son objetivos incompatibles. La ley final debería incorporar informes públicos, auditoría de allanamientos, estadísticas de medidas penitenciarias y control sobre inteligencia. La reforma será legítima si mejora investigaciones y seguridad sin convertir la excepción en regla.

Etiquetas del artículo