La presidencia de la Cámara de Diputados de Santa Cruz rechazó un pedido presentado por legisladores de Unión por la Patria para convocar a la Comisión Investigadora de la Administración Pública. La respuesta fue firmada desde la conducción legislativa encabezada por el vicegobernador Fabián Leguizamón y se apoyó en una objeción de procedimiento: según el criterio aplicado, la comisión no puede iniciar una investigación por una solicitud administrativa de un grupo de diputados, sino por una decisión expresa del pleno de la Cámara.
El pedido opositor había sido presentado con carácter urgente el 24 de septiembre. Sus firmantes solicitaban revisar ocho conjuntos de asuntos vinculados con decisiones del Poder Ejecutivo provincial y empresas u organismos públicos. Entre ellos incluyeron el memorando de entendimiento entre Santa Cruz e YPF, los fondos y obligaciones relacionados con ese acuerdo y el proceso sobre áreas hidrocarburíferas que antes operaba la petrolera nacional. Las preguntas formuladas expresan sospechas y pedidos de control, no hechos irregulares demostrados.
La presentación también reclamaba información sobre posibles beneficios fiscales y adjudicaciones, así como sobre el Decreto 1202/25. La oposición vinculó ese decreto con una eventual renuncia o modificación de reclamos de coparticipación ante la Corte Suprema. Esa interpretación debe ser verificada mediante el texto completo de la norma y los expedientes judiciales. El solo pedido de investigación no permite afirmar que la provincia haya resignado derechos ni que exista responsabilidad administrativa o penal.
Otros puntos alcanzaban al Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda, al Fondo Fiduciario UNIRSE y a la empresa estatal Santa Cruz Puede SAU. Los diputados solicitaron balances, movimientos financieros, inversiones y documentación de respaldo. Se trata de áreas que administran recursos públicos y, por ello, están sujetas a mecanismos de rendición de cuentas. Sin embargo, la evaluación de eventuales incumplimientos exige informes oficiales, auditorías, dictámenes y derecho de respuesta de los organismos involucrados.
La nota de rechazo citó el artículo 53 bis del reglamento legislativo. De acuerdo con esa lectura, la Comisión Investigadora estudia exclusivamente los asuntos que la Cámara le encomienda. La presidencia entendió que no tiene facultades para activar por sí sola el órgano ni para transformar una solicitud de diputados en un mandato del cuerpo. En consecuencia, la respuesta no resolvió el fondo de las preguntas ni validó o descartó las acusaciones: se limitó a negar el canal utilizado.
Esa distinción es central para interpretar el conflicto. Un rechazo por trámite no equivale a una declaración de inexistencia de irregularidades, pero tampoco prueba que las haya. La oposición conserva herramientas legislativas para presentar un proyecto de resolución, pedir tratamiento en sesión, solicitar informes o recurrir a comisiones permanentes. El oficialismo, por su parte, puede facilitar documentación o promover una vía de control que reúna las mayorías y requisitos reglamentarios.
Unión por la Patria evaluaba consultar a la Dirección de Comisiones y llevar el planteo a una próxima sesión. Si opta por un proyecto formal, el debate deberá precisar objeto, alcance temporal, facultades, integración, plazos y resguardo de documentación. También será necesario evitar que una comisión investigadora reemplace competencias de la Justicia, del Tribunal de Cuentas u otros órganos de control. Cada institución tiene procedimientos y estándares probatorios diferentes.
El próximo paso verificable será saber si la Cámara recibe y vota una moción que encomiende esos asuntos a la comisión. Mientras eso no ocurra, el pedido permanece rechazado por su forma y las cuestiones sustantivas siguen abiertas. Una respuesta institucional completa requiere que los documentos solicitados puedan examinarse, que el Ejecutivo ejerza su derecho a responder y que cualquier conclusión diferencie observaciones contables, decisiones políticas y eventuales responsabilidades jurídicas.